Sale a información pública la regulación del autoconsumo compartido dinámico
Maximizará el ahorro al evitar el pago de peajes por la energía excedentaria
El Gobierno ha sacado a información pública una norma que permite a los vecinos que dispongan de un autoconsumo colectivo -estén conectados a una misma instalación- compartir toda la electricidad autogenerada, evitando los excedentes y maximizando el ahorro en la factura final, al no aplicar peajes.
El Real Decreto 244/2019 autoriza que varios consumidores se abastezcan de una misma instalación de generación. Sin embargo, lo hace de un modo estático, asignando una cuota o coeficiente a cada partícipe -el reparto puede acordarse libremente entre las partes-, e impidiendo que se aprovechen los excedentes puntuales.
Así, en dos viviendas adosadas que compartan unos paneles solares fotovoltaicos a partes iguales, si una está vacía -y sin consumo, por lo tanto-, la otra no puede usar toda la autogeneración; solo su 50%, y debe cubrir sus necesidades adquiriendo el resto de la red, al precio convencional.
cuando sea necesario, en el plazo de un mes, pero aplicando los habituales peajes de
acceso que se cargan sobre la energía consumida por el uso de la red; en el caso de la
tarifa doméstica básica (2.0 A) ascienden a 0,044 euros por kWh.
Sin embargo, la cartera de Teresa Ribera ha sacado a información pública una orden ministerial que regula el mecanismo para que los partícipes de la instalación puedan, si lo desean, evitar los excedentes, aplicando unos coeficientes variables para repartirse la producción de un modo variable para cada hora.
La orden ministerial debería llevar en vigor desde el verano de 2019, según las previsiones originales del Ejecutivo, pero la dificultad de aplicar la medida y la irrupción de la pandemia han terminado retrasándolo. El documento que acaba de ver la luz estaba elaborado desde hace uno año.
Coeficientes variables para cada hora del año
Los coeficientes variables deberán establecerse para cada hora del año y no se podrán cambiar con una periodicidad inferior a doce meses. Para no penalizar los consumos colectivos ya establecidos, excepcionalmente se prevé que éstos puedan realizar una primera modificación hacia coeficientes variables, aunque no haya transcurrido un año desde que iniciaron su autoconsumo.
El valor de los coeficientes de reparto podrá determinarse en función de la potencia a facturar de cada uno de los consumidores asociados a la instalación, de la aportación económica de cada uno o de cualquier otro criterio que se acuerde.
Los encargados de las lecturas de los contadores de los partícipes tendrán un plazo de dos meses para adaptarse a la nueva modalidad de autoconsumo desde la entrada en vigor de la orden.
Las alegaciones al borrador normativo pueden presentarse hasta el próximo 5 de abril.
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